
Un reciente estudio elaborado por Ipsos Perú para la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú) revela una preocupante contradicción: mientras el país necesita incorporar más negocios a la formalidad, numerosas empresas que ya cumplen las reglas consideran que el propio Estado dificulta su crecimiento mediante fiscalizaciones impredecibles, trámites complejos y sanciones poco orientadoras.
El informe “Empresas y Estado: diagnóstico de barreras y oportunidades para la formalización y el crecimiento” señala que el 43% de las empresas encuestadas identifica las fiscalizaciones como su principal problema frente al aparato estatal. Sin embargo, el impacto cambia según el tamaño del negocio y la entidad supervisora.
LA SUNAT GENERA MAYOR PREOCUPACIÓN ENTRE LAS PYMES
Entre las pequeñas y medianas empresas, el 69% identifica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) como la entidad cuyas fiscalizaciones producen el mayor impacto negativo en sus operaciones.
El dato no significa necesariamente que todas las auditorías sean arbitrarias o ilegales. La Sunat tiene la responsabilidad de verificar declaraciones, comprobantes de pago, gastos deducibles, libros contables, obligaciones tributarias y posibles inconsistencias. El problema señalado por las empresas sería la forma en que se desarrollan algunas intervenciones: requerimientos difíciles de atender, interpretaciones variables y contingencias que pueden prolongarse durante meses.
Esta situación afecta especialmente a las pymes, que normalmente no poseen grandes áreas legales, tributarias o contables. Una observación que para una corporación representa un procedimiento administrativo más, para un pequeño negocio puede significar gastos extraordinarios, pérdida de liquidez o la paralización de decisiones de inversión.
LAS GRANDES EMPRESAS TAMBIÉN CUESTIONAN AL ESTADO
El problema no desaparece cuando una compañía crece. Según el estudio, el 82% de las grandes empresas considera que el manejo de las fiscalizaciones constituye su principal dificultad en la relación con el Estado.
Además, el 47% sostiene que los inspectores de la Sunat cambian de criterio con frecuencia durante las auditorías. Esta falta de predictibilidad resulta técnicamente delicada porque las empresas necesitan conocer anticipadamente cómo será aplicada la normativa para calcular costos, declarar impuestos y evaluar inversiones.
En el ámbito laboral, el 61% de las grandes empresas señala a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) como la institución que ocasiona mayor impacto. Entre las compañías fiscalizadas por esta entidad, el 55% percibe una actuación más orientada a sancionar que a prevenir u orientar.
MUNICIPALIDADES: EL ROSTRO MÁS CERCANO DE LA FISCALIZACIÓN
Las municipalidades representan el nivel del Estado con el que muchos negocios mantienen contacto más frecuente. Sus inspectores verifican licencias de funcionamiento, compatibilidad de uso, condiciones de seguridad, anuncios publicitarios, limpieza, defensa civil y cumplimiento de ordenanzas locales.
Estas actuaciones son necesarias para proteger a trabajadores, consumidores y vecinos. No obstante, pueden convertirse en una auténtica pesadilla burocrática cuando existen exigencias no previstas en la ley, duplicidad de documentos, criterios distintos entre inspectores o multas desproporcionadas.
El Texto Único Ordenado de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento establece que la evaluación debe considerar la zonificación, la compatibilidad de uso y las condiciones de seguridad del establecimiento. En los locales de riesgo bajo o medio, la inspección técnica de seguridad puede realizarse después de otorgada la licencia; en los de riesgo alto o muy alto, corresponde una evaluación previa.
FISCALIZAR NO SIGNIFICA MULTAR AUTOMÁTICAMENTE
Técnicamente, una inspección no debería concluir siempre con una sanción. La autoridad tiene que comprobar los hechos, identificar una infracción previamente tipificada, permitir que el administrado ejerza su defensa y motivar adecuadamente su decisión.
El TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General exige respetar los principios de legalidad, debido procedimiento, predictibilidad y razonabilidad. Este último obliga a mantener proporción entre la infracción cometida y la sanción aplicada. Por tanto, una multa, clausura o medida correctiva no puede imponerse únicamente por decisión subjetiva del inspector.
Las empresas también pueden impugnar una sanción mediante los recursos previstos por la legislación administrativa. Si una municipalidad u otra entidad impone requisitos, prohibiciones o cobros ilegales o carentes de razonabilidad, el afectado puede recurrir a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi.
UN ESTADO QUE PODRÍA CASTIGAR AL QUE SÍ CUMPLE
El hallazgo más alarmante es el mensaje que podría transmitirse al mercado: crecer y formalizarse significa quedar expuesto a más controles, costos y contingencias. Si el Estado concentra sus esfuerzos en quienes ya son visibles, mientras miles de negocios informales operan fuera de su alcance, termina castigando al contribuyente conocido y premiando indirectamente al que permanece oculto.
ComexPerú sostiene que ampliar la base tributaria exige revisar lo que sucede después de que una empresa decide formalizarse. La solución no consiste en eliminar las fiscalizaciones, sino en convertirlas en procedimientos técnicos, uniformes, digitales y proporcionales.
El verdadero desafío es construir una fiscalización que corrija y proteja sin asfixiar. Cuando cada inspector interpreta las normas de manera diferente y la multa se convierte en la primera respuesta, el Estado deja de ser un promotor de la formalidad y comienza a parecerse peligrosamente a su principal obstáculo.
Fuentes:
- ComexPerú – “Empresas y Estado: diagnóstico de barreras y oportunidades para la formalización y el crecimiento”.
- Ipsos Perú.
- Ley N.º 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento.
- Decreto Supremo N.º 163-2020-PCM.
- Ley N.º 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Decreto Legislativo N.º 1256 – Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas.
- Indecopi – Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas.
- Diario Gestión – Información sobre los resultados del estudio de Ipsos y ComexPerú.
