Reggiardo alerta por muertos y pide armas para proteger obras en Lima

El alcalde de Lima aseguró que la Municipalidad Metropolitana cumplió los trámites exigidos por la Sucamec. La propuesta busca proteger al personal y evitar que las obras públicas queden sometidas al cobro de cupos, aunque el marco legal vigente contiene una restricción que podría complicar el pedido.

El alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, solicitó a la presidenta de la República, Keiko Fujimori, intervenir para agilizar la autorización que permitiría al personal de seguridad de la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos (Emape) portar armas de fuego durante la vigilancia de obras e instalaciones municipales.

La autoridad sostuvo que la medida responde a las amenazas, extorsiones y ataques sufridos en proyectos de infraestructura. Según afirmó, ya se habrían registrado muertes relacionadas con el cobro de cupos, situación que convertiría algunos frentes de obra en territorios peligrosamente expuestos al crimen organizado.

“Ya hemos tenido muertos producto de la extorsión ante las obras que se construyen. Yo no quiero seguir perdiendo vidas humanas”, declaró Reggiardo. Sin embargo, la Municipalidad de Lima no presentó públicamente, durante ese pronunciamiento, una relación detallada de los casos, fechas o investigaciones fiscales vinculadas directamente con Emape.

PEDIDO AL EJECUTIVO

El burgomaestre aseguró que el expediente fue presentado ante la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) y que la comuna habría cumplido los requisitos administrativos correspondientes.

Reggiardo pidió al Gobierno central actuar “sin mezquindad” y acelerar la respuesta. No obstante, la presidenta no entrega directamente las licencias individuales ni puede sustituir la evaluación técnica de la Sucamec. Esta superintendencia es la entidad competente para autorizar, supervisar y fiscalizar los servicios de seguridad privada y el uso civil de armas de fuego.

El caso presenta, además, un importante obstáculo normativo. El Decreto Legislativo N.º 1213 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 005-2023-IN, establecen que el servicio de protección por cuenta propia puede ser organizado por una entidad pública o privada para cubrir sus necesidades internas con personal vinculado laboralmente. Sin embargo, esa modalidad no faculta el uso de armas de fuego.

Por ello, no bastaría con demostrar que Emape cuenta con agentes de seguridad, instalaciones y una organización interna. La Sucamec deberá determinar bajo qué modalidad se presentó la solicitud y si jurídicamente puede comprender vigilancia armada. Si el pedido corresponde a protección por cuenta propia, la prohibición expresa podría impedir su aprobación en los términos anunciados.

LICENCIAS Y CONTROLES OBLIGATORIOS

Una eventual autorización institucional tampoco permitiría que cualquier trabajador porte un arma. Cada agente tendría que cumplir las condiciones previstas por la Ley N.º 30299 y su reglamento: mayoría de edad, certificado de salud psicosomática, capacitación acreditada, inexistencia de determinados antecedentes e impedimentos legales y licencia vigente bajo la modalidad correspondiente.

También sería indispensable implementar un sistema de almacenamiento seguro, inventario de armas y municiones, control de entrega y devolución, mantenimiento, protocolos frente a pérdida o robo y reporte inmediato de incidentes. El arma tendría que encontrarse registrada y vinculada al servicio autorizado; no podría utilizarse libremente fuera del puesto o de la jornada asignada.

Desde el punto de vista operativo, colocar armas en obras abiertas exige una evaluación de riesgos mucho más rigurosa que la vigilancia de una sede cerrada. Los frentes viales tienen trabajadores, peatones, maquinaria pesada, tránsito y áreas con visibilidad limitada. Una reacción sin entrenamiento podría provocar fuego cruzado, lesiones a terceros o que el arma termine en manos de los propios delincuentes.

SEGURIDAD

Alcalde señaló que las extorsiones no solo amenazan la continuidad de las obras municipales, sino también a quienes trabajan en ellas. Sin embargo, armar vigilantes no reemplaza la investigación criminal, la inteligencia policial ni la persecución financiera de las bandas.

UNA RESPUESTA INTEGRAL

La protección efectiva tendría que combinar vigilancia autorizada, cámaras corporales, videovigilancia, iluminación, botones de alerta, comunicaciones encriptadas, control de accesos, rutas de evacuación y coordinación permanente con la Policía Nacional y el Ministerio Público.

El pedido de Reggiardo pone sobre la mesa una crisis que ya golpea la infraestructura pública: mafias capaces de paralizar trabajos, intimidar contratistas y convertir una obra municipal en blanco criminal. Pero también abre una pregunta incómoda: si el marco actual prohíbe armas en la modalidad solicitada, ¿se busca corregir el expediente, contratar una empresa autorizada o modificar la legislación? La urgencia es real, pero improvisar con armas podría añadir una amenaza nueva al escenario.

FUENTES:

  • Municipalidad Metropolitana de Lima
  • RPP Noticias
  • Decreto Supremo N.º 005-2023-IN
  • Reglamento de la Ley N.º 30299
  • Sucamec: licencia para seguridad privada

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