
La economía digital dejó de ser un territorio casi invisible para el sistema tributario peruano. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) proyecta recaudar más de S/800 millones durante el 2026 por el Impuesto General a las Ventas aplicado a servicios digitales prestados por empresas extranjeras.
El monto superaría en más de S/200 millones lo obtenido durante el 2025 y confirma que el denominado popularmente “impuesto Netflix” ya se convirtió en una importante fuente de ingresos para el Estado peruano.
Javier Franco, jefe de la Sunat, informó que durante el 2025 ingresaron aproximadamente S/624 millones por este concepto y que, hasta julio del 2026, ya se habían recaudado cerca de S/365 millones. El resultado responde al registro de nuevas compañías, al seguimiento de sus operaciones y a la coordinación con los principales proveedores internacionales.
MÁS DE 110 PLATAFORMAS YA PAGAN IMPUESTOS EN EL PERÚ
Actualmente existen más de 110 empresas o plataformas extranjeras inscritas para cumplir con el pago del IGV por los servicios digitales utilizados en territorio peruano.
Este universo comprende servicios de transmisión de películas y música, almacenamiento en la nube, videoconferencias, redes sociales con funciones pagadas, videojuegos, aplicaciones móviles, publicidad digital, intermediación en línea y venta de bienes intangibles descargables.
La Sunat calcula que el número podría superar las 200 o incluso llegar a 300 plataformas durante los próximos años. La advertencia resulta evidente: la expansión tecnológica ya no garantiza anonimato tributario y las empresas que venden servicios a consumidores peruanos están ingresando progresivamente al radar fiscal.
El mecanismo fue establecido mediante el Decreto Legislativo N.° 1623, publicado en agosto del 2024. Técnicamente, no se creó un impuesto completamente nuevo, debido a que la utilización en el Perú de servicios digitales prestados por empresas no domiciliadas ya estaba gravada con el IGV.
La principal modificación consistió en implementar una forma efectiva de cobranza para compañías extranjeras que podían ofrecer sus servicios sin tener oficina, establecimiento permanente o representación física dentro del país.
CÓMO FUNCIONA EL COBRO DEL IGV DIGITAL
Las empresas extranjeras actúan como agentes de retención o percepción. En términos prácticos, cobran el IGV al usuario peruano, declaran la operación y posteriormente entregan el dinero recaudado a la Sunat.
La tasa aplicable es de 18% y alcanza principalmente a operaciones realizadas por personas naturales que no desarrollan actividad empresarial.
Para determinar que el servicio es utilizado en el Perú se consideran distintos criterios, como la dirección IP del dispositivo, el código de país de la tarjeta SIM, el domicilio registrado por el usuario o el uso de tarjetas y otros medios de pago emitidos por entidades financieras peruanas.
El proveedor extranjero puede declarar y pagar el tributo en soles o dólares y no necesita abrir una oficina en territorio nacional. Sin embargo, debe cumplir con las obligaciones declarativas y entregar los montos cobrados dentro de los plazos establecidos.
La legislación también contempla que los bancos, emisores de tarjetas y otros facilitadores de pago puedan efectuar la retención cuando una plataforma no se encuentre inscrita o incumpla sus obligaciones tributarias.
Este mecanismo representa una herramienta de presión considerable. En la práctica, una compañía extranjera que ignore las reglas podría terminar enfrentando retenciones efectuadas directamente durante el procesamiento del pago realizado por el consumidor peruano.
AIRBNB: MÁS DE 34.000 PROPIETARIOS BAJO OBSERVACIÓN
El control tributario no termina en las grandes empresas digitales. La Sunat también identificó a más de 34.000 propietarios que alquilan inmuebles mediante plataformas como Airbnb y otros servicios similares.
El impuesto potencial relacionado con estas operaciones ascendería aproximadamente a S/15 millones. Este resultado muestra la magnitud de un mercado que durante años pudo desarrollarse con bajos niveles de declaración tributaria.
Existe, sin embargo, una diferencia técnica importante. Una cosa es el IGV aplicado a la comisión o al servicio de intermediación brindado por la plataforma extranjera y otra es el Impuesto a la Renta que corresponde pagar al propietario por el alquiler del inmueble.
Cuando el arrendador es una persona natural sin negocio, los ingresos obtenidos califican generalmente como rentas de primera categoría. La tasa efectiva equivale al 5% del monto del alquiler, sin perjuicio de las particularidades que puedan existir en cada operación.
La Sunat obtiene información mediante mecanismos de cooperación internacional que permiten compartir datos fiscales y financieros entre distintas administraciones tributarias. Con esos registros puede comparar los ingresos obtenidos, los montos declarados y la información proporcionada por plataformas o intermediarios.
De esta manera, la administración tributaria puede detectar omisiones, enviar comunicaciones preventivas, solicitar la regularización voluntaria o iniciar procedimientos de fiscalización. El negocio digital, por discreto que parezca, deja cada vez más huellas.
LA RECAUDACIÓN TOTAL APUNTA A SUPERAR LA META
El avance del impuesto digital forma parte de un escenario de mayor recaudación tributaria. Entre enero y julio del 2026, la Sunat proyectó ingresos superiores a S/120.143 millones, aproximadamente S/17.888 millones más que durante el mismo periodo del año anterior.
La entidad estima un crecimiento real cercano al 13,6% y mantiene como meta anual una recaudación aproximada de S/188.000 millones. Según sus proyecciones, el resultado final incluso podría superar esa cifra.
Otro sector que muestra un fuerte crecimiento es el de los juegos y apuestas deportivas a distancia. El Impuesto Selectivo al Consumo aplicado a estas actividades habría generado cerca de S/396 millones durante el 2025.
Hasta julio del 2026, la recaudación ya rondaba los S/520 millones y podría cerrar el año por encima de S/900 millones. El crecimiento confirma que las operaciones digitales están transformándose en una fuente cada vez más atractiva para las finanzas públicas.
La digitalización facilita negocios, entretenimiento y nuevas oportunidades de ingreso, pero también permite un mayor seguimiento de las operaciones económicas. Para plataformas, propietarios e intermediarios, el mensaje es contundente: la Sunat ha comenzado a seguir con mayor precisión el dinero que circula por internet y la época en que miles de transacciones podían pasar inadvertidas empieza a cerrarse.
FUENTES
- Entrevista a Javier Franco, jefe de la Sunat, publicada por El Comercio.
- Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
- Ministerio de Economía y Finanzas.
- Decreto Legislativo N.° 1623.
- Diario Oficial El Peruano.
- Información oficial sobre el IGV aplicado a servicios digitales.
- Información oficial sobre rentas de primera categoría.
