El Ministerio de Salud (Minsa) ha generado controversia al publicar un decreto supremo que incluye la clasificación de ciertas "patologías" de salud mental vinculadas a la orientación sexual en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS). Este documento, actualizado regularmente, detalla las condiciones y tratamientos asegurables en todos los centros de salud del Perú.
Actualización del PEAS y ControversiasEl Decreto Supremo Nº 009-2024-SA, publicado recientemente, ha añadido siete diagnósticos relacionados con la salud mental al PEAS. Estos incluyen condiciones como transexualismo, transvestismo de rol dual y trastorno de identidad de género, utilizando la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades (CIE-10). Sin embargo, estas clasificaciones fueron despatologizadas en la versión actualizada, la CIE-11, lo que ha generado preocupación en la comunidad LGBTI. Reacciones de Organizaciones y Expertos Organizaciones como el Colectivo Marcha del Orgullo y Manuela Ramos han expresado su descontento y exigido la derogación del decreto. Argumentan que esta clasificación estigmatiza la diversidad de género y sexual, abriendo la puerta a prácticas como las terapias de conversión. El médico e investigador Percy Mayta Tristán explica que aunque el CIE-11 despatologizó la transexualidad, el Minsa sigue utilizando la CIE-10. Esta discrepancia ha generado preocupación sobre la posible aplicación de terapias de conversión, que son consideradas dañinas por la comunidad internacional. Respuesta del Minsa y Debate Legislativo El Minsa ha respondido a las críticas asegurando que la actualización era necesaria para garantizar una cobertura completa en salud mental. Sin embargo, reafirmaron que la diversidad de género y sexual no constituye enfermedades y expresaron su respeto a estas identidades. En el ámbito legislativo, se ha presentado un proyecto de ley para prohibir las terapias de conversión, aunque aún no ha habido avances significativos al respecto. Conclusiones y Perspectivas Futuras Aunque el Perú está en proceso de transición hacia la CIE-11, es crucial garantizar que la nueva actualización no promueva prácticas discriminatorias. La comunidad LGBTI y organizaciones de derechos humanos continúan presionando por políticas que respeten y promuevan la igualdad y la no discriminación en el ámbito de la salud. La implementación progresiva del CIE-11, junto con medidas legislativas contra las terapias de conversión, podrían ser pasos importantes hacia una atención médica más inclusiva y respetuosa de la diversidad sexual y de género en el Perú.
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Compras del Estado: estas son las medidas del gobierno para generar ahorros y agilizar la atención5/12/2024 Compras del Estado: Medidas para Generar Ahorros y Agilizar la Atención
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha implementado medidas para optimizar el uso de los recursos públicos, buscando fortalecer economías de escala y generar ahorros significativos en dinero y tiempo para el Estado. Compras Corporativas Obligatorias El Decreto Supremo N° 072-2024-EF aprueba compras corporativas obligatorias para la adquisición de tóneres, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco gestionados por Perú Compras. Este proceso busca consolidar la demanda agregada de 172 entidades gubernamentales, garantizando mejores condiciones de precio y oportunidad para el último trimestre de 2024 y todo el año 2025. Homologación de Bienes y Servicios El Decreto Supremo N° 074-2024-EF establece la homologación obligatoria de veinticuatro bienes y servicios, como módulos temporales de vivienda, tractores agrícolas y servicios de supervisión de mantenimiento de carreteras. Perú Compras acompañará a los ministerios involucrados en el desarrollo y aprobación de las fichas de homologación durante 2024. Beneficios de las Medidas Estas acciones reducirán la discrecionalidad en la determinación de características técnicas por parte de las entidades, así como los tiempos de contratación hasta en cuarenta y cinco días hábiles. La uniformización de características técnicas facilitará la compra conjunta, promoviendo la eficiencia por economía de escala. Impacto en la Eficiencia Administrativa La implementación de estas medidas tendrá un impacto directo en la eficiencia administrativa del Estado. Simplificará los procesos de adquisición y reducirá los trámites burocráticos, agilizando la toma de decisiones. Además, la homologación de bienes y servicios facilitará la gestión de inventarios y la planificación de recursos, permitiendo una asignación más eficiente de los mismos. Promoción de la Transparencia y Rendición de Cuentas Estas acciones promueven la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los recursos públicos. Al establecer criterios claros y homogéneos para las compras del Estado, se garantiza un proceso más transparente y equitativo, reduciendo el riesgo de irregularidades y promoviendo una gestión responsable y ética de los fondos del Estado. Conclusión En conclusión, las medidas implementadas por el MEF en relación con las compras del Estado tienen como objetivo generar ahorros, agilizar la atención y promover la eficiencia administrativa. Estas acciones contribuyen a optimizar el uso de los recursos públicos, fortaleciendo la economía de escala y garantizando una gestión transparente y responsable de los fondos del Estado.Compras del Estado: Medidas para Generar Ahorros y Agilizar la AtenciónEl Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha implementado medidas para optimizar el uso de los recursos públicos, buscando fortalecer economías de escala y generar ahorros significativos en dinero y tiempo para el Estado. Compras Corporativas ObligatoriasEl Decreto Supremo N° 072-2024-EF aprueba compras corporativas obligatorias para la adquisición de tóneres, útiles de oficina y materiales de aseo y limpieza, a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco gestionados por Perú Compras. Este proceso busca consolidar la demanda agregada de 172 entidades gubernamentales, garantizando mejores condiciones de precio y oportunidad para el último trimestre de 2024 y todo el año 2025. Homologación de Bienes y ServiciosEl Decreto Supremo N° 074-2024-EF establece la homologación obligatoria de veinticuatro bienes y servicios, como módulos temporales de vivienda, tractores agrícolas y servicios de supervisión de mantenimiento de carreteras. Perú Compras acompañará a los ministerios involucrados en el desarrollo y aprobación de las fichas de homologación durante 2024. Beneficios de las MedidasEstas acciones reducirán la discrecionalidad en la determinación de características técnicas por parte de las entidades, así como los tiempos de contratación hasta en cuarenta y cinco días hábiles. La uniformización de características técnicas facilitará la compra conjunta, promoviendo la eficiencia por economía de escala. Impacto en la Eficiencia AdministrativaLa implementación de estas medidas tendrá un impacto directo en la eficiencia administrativa del Estado. Simplificará los procesos de adquisición y reducirá los trámites burocráticos, agilizando la toma de decisiones. Además, la homologación de bienes y servicios facilitará la gestión de inventarios y la planificación de recursos, permitiendo una asignación más eficiente de los mismos. Promoción de la Transparencia y Rendición de CuentasEstas acciones promueven la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los recursos públicos. Al establecer criterios claros y homogéneos para las compras del Estado, se garantiza un proceso más transparente y equitativo, reduciendo el riesgo de irregularidades y promoviendo una gestión responsable y ética de los fondos del Estado. ConclusiónEn conclusión, las medidas implementadas por el MEF en relación con las compras del Estado tienen como objetivo generar ahorros, agilizar la atención y promover la eficiencia administrativa. Estas acciones contribuyen a optimizar el uso de los recursos públicos, fortaleciendo la economía de escala y garantizando una gestión transparente y responsable de los fondos del Estado. LEY Nº 32019 - LEY QUE FORTALECE Y PROMUEVEEL SANEAMIENTO FÍSICO-LEGALDE LA PROPIEDAD ESTATAL5/12/2024 ![]()
LEY Nº 32019
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE FORTALECE Y PROMUEVE EL SANEAMIENTO FÍSICO-LEGAL DE LA PROPIEDAD ESTATAL Artículo 1. Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto modificar disposiciones de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, para fortalecer el procedimiento especial de saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles estatales. Artículo 2. Modificación de los artículos 17-A, 17-B, 17-D y 17-G de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales Se modifica los artículos 17-A, 17-B, 17-D y 17-G de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, los cuales quedan redactados conforme al siguiente texto: “Artículo 17-A. De la obligatoriedad de efectuar la primera inscripción de dominio y otras acciones de saneamiento 17-A.1 Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales se encuentran obligadas a efectuar, de oficio y progresivamente bajo responsabilidad administrativa funcional, la primera inscripción de dominio y otras acciones de saneamiento físico-legal de los inmuebles de su propiedad o que se encuentren bajo su competencia o administración, hasta su inscripción en el Registro de Predios y su registro en el SINABIP, conforme a las normas establecidas en la presente ley y su reglamento. [...] Artículo 17-B. Primera inscripción de dominio de bienes inmuebles del Estado de competencia de la SBN y los Gobiernos Regionales 17-B.1 El procedimiento de primera inscripción de dominio de inmuebles del Estado, a cargo de la SBN o el Gobierno Regional con funciones transferidas, se efectúa de manera independiente a cualquier otro procedimiento de administración o disposición bajo responsabilidad administrativa funcional, y puede realizarse en forma masiva en función al ámbito territorial que se determine. [...] Artículo 17-D. Procedimiento especial de saneamiento físico-legal de inmuebles estatales 17-D.1 Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales ejecutan el procedimiento especial de saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles estatales sean estos de su propiedad, adquiridos bajo cualquier título, y/o en posesión, que se encuentren construidos, ampliados y/o rehabilitados para sus fines públicos, bajo responsabilidad administrativa funcional. […] Artículo 17-G. Competencia de entidades sobre bienes de dominio público Las funciones de saneamiento físico-legal, administración, conservación, defensa y recuperación de los bienes de dominio público competen a las entidades responsables del uso público del bien o de la prestación del servicio público bajo responsabilidad administrativa funcional, de conformidad con la normatividad aplicable”. Artículo 3. Informe al Congreso de la República El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, informa semestralmente a la Comisión de Vivienda y Construcción del Congreso de la República sobre los avances y resultados de los procedimientos especiales de saneamiento físico-legal de los bienes inmuebles estatales realizados a nivel nacional. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día veintidós de junio de dos mil veintitrés, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los nueve días del mes de mayo de dos mil veinticuatro. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República ARTURO ALEGRÍA GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 2287399-1 |
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